24 Horas Edición Medio Día

30/04/2025

Empresas que realicen llamadas sin consentimiento serán multadas con hasta 50 UIT

El Ministerio de Justicia advirtió que las llamas de empresas sin previo consentimiento de los usuarios serán consideradas una infracción grave.




El Congreso de la República aprobó por insistencia la ley que modifica el Código de Protección y Defensa del Consumidor, con el objetivo de restringir las llamadas publicitarias no solicitadas, comúnmente conocidas como llamadas spam.

La medida fue respaldada por una mayoría de congresistas, tras las constantes quejas de ciudadanos que denunciaban recibir múltiples llamadas diarias con fines comerciales.

Sobre este tema, María Alejandra González, directora de Protección de Datos Personales del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus), señaló que esta nueva regulación entrará en vigencia en los próximos días. Las empresas estarán obligadas a abstenerse de llamar a los usuarios para pedir consentimiento, ya que este debe ser obtenido previamente.

“Toda comunicación debe contar con el consentimiento previo del usuario, el cual debe otorgarse al momento de contratar un servicio o si el propio usuario se acerca voluntariamente a solicitar información publicitaria”, precisó la funcionaria.

MULTAS

González también advirtió que las empresas que no respeten esta ley y utilicen datos personales sin autorización para enviar publicidad podrán ser sancionadas con multas que van desde 5 hasta 50 Unidad Impositiva Tributaria (UIT).

Finalmente, instó a la ciudadanía a denunciar cualquier llamada no autorizada a través de la mesa de partes virtual o física del Ministerio de Justicia, a fin de hacer cumplir esta nueva disposición que protege los derechos del consumidor.


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