Ya no solo serán 40 los medicamentos genéricos que una farmacia particular debe ofertar. La lista se amplió a 434, a través de una resolución publicada por el Ministerio de Salud (Minsa).
La norma establece que tanto boticas como farmacias deberán contar con un stock mínimo del 30% de medicamentos genéricos. Esto aplica únicamente a los productos existentes en el inventario del establecimiento.
Es decir, no es necesario tener en stock los 434 fármacos. El especialista en salud pública, Omar Neyra, sostiene que con la normal el gobierno da responsabilidad al privado respecto a las carencias del Estado.
DESABASTECIMIENTO DE MEDICINAS
Pero esta es realmente la solución inmediata al problema de accesibilidad de medicinas que padecen los peruanos. Recorrimos hospitales y farmacias del Minsa y la denuncia constante era el desabastecimiento de insumos básicos.