El Congreso aprobó un texto sustitutorio que establece que los padres no podrán ser despedidos de sus centros de trabajo hasta que su hijo cumpla un año de edad, aunque con algunas excepciones.
Con 101 votos a favor, el documento acumula los proyectos de ley 1330, 1934, y otros que proponen proteger los derechos laborales de los progenitores que trabajan en el sector privado o sector público.
REPOSICIÓN DEL EMPLEO
La norma aprobada por el legislativo establece que el padre no podrá ser despedido de su centro de trabajo cuando la madre no tenga empleo, proponiendo la reposición en su puesto laboral si ocurriese este escenario.
Sin embargo, no se elimina la facultad de despedir por causa justa. Así, el empleador deberá acreditar la existencia de causa justa para despedir y que este hecho se hubiera producido a pesar de no estar en tales condiciones.
LICENCIA DE PATERNIDAD
En cuanto a la licencia por paternidad, esta se ha aumentado a 15 días consecutivos en casos de parto natural o cesárea. En situaciones de nacimientos prematuros o partos múltiples, la licencia se extenderá a 25 días consecutivos.