MTC eximió a Corpac de aplicar protocolos de gestión de fatiga para controladores aéreos
Esta exención aplica desde el 2 de febrero hasta el 31 de marzo de este año, según lo establecido por la Dirección General de Aeronáutica Civil.
Esta exención aplica desde el 2 de febrero hasta el 31 de marzo de este año, según lo establecido por la Dirección General de Aeronáutica Civil.
La Corporación Peruana de Aeropuertos y Aviación Comercial (Corpac) quedó eximida de aplicar protocolos de gestión de fatiga para controladores aéreos por un lapso de dos meses. Así lo confirmó la Dirección General de Aeronáutica Civil, entidad dependiente del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.
A través de un oficio, la DGAC aprobó el pedido para la exención de aplicar el numeral 2.28 de la Regulación Aeronáutica del Perú (RAP) 311, el cual se refiere a la elaboración y aplicación de procedimientos para fines de gestión de la fatiga en la provisión de servicios de control de tránsito aéreo.
Para el reconocido periodista de investigación Paolo Benza, esta cuestionada decisión del ministro Raúl Ricardo Pérez-Reyes Espejo se debería al poder que ha logrado adquirir el sindicato de controladores aéreos de Corpac, que es integrada por el 80% de los 312 controladores aéreos a nivel nacional.
¿QUÉ DICEN LOS EXPERTOS?
Según la documentación, un controlador aéreo puede llegar a ganar al mes hasta 50 mil soles realizando horas extras. Para el especialista, estos beneficios económicos habrían llevado al sindicato de Corpac a retrasar por tres años la formación de nuevos controladores aéreos para lograr cubrir la demanda.