24 Horas Edición Central

01/09/2022

Nueva normativa: Motos y bicicletas eléctricas deberán contar con SOAT y placa

Mientras que el MTC determinó que los scooter eléctricos estarán prohibidos para circulación y solo serán usados como medio de entretenimiento.




El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), por medio del Observatorio Nacional de Seguridad Vial, los scooteres eléctricos estarán prohibidos para su circulación, pues ya no podrán ser usados como transporte sino solo como entretenimiento.

Además, las bicimotos y bicicletas eléctricas deberán contar con SOAT vigente, una placa, además con certificado de inspección técnica y un brevete de clase B2, entre otros. Los usuarios se han mostrado molestos por estas medidas, en tanto otros han dicho estar a favor porque estos vehículos, en ciertas ocasiones, van a alta velocidad.

Pese a la normativa, aparentemente, aún no habría forma de que los fiscalizadores puedan detallar si se trata de una persona que usa el scooter como medio de transporte o entretenimiento.

MULTAS Y SANCIONES

- Por conducir sin brevete – S/2,100 y retención del vehículo.

- Por no contar con certificado de ITV – S/2,100 y retención del vehículo.

- Por participar en competencia de velocidad no autorizadas – S/1,008.

- Por conducir sin placa / en sentido contrario / No contar con SOAT – S/504.

- Por circular en vía exclusivas para bicicletas – S/336

- Patinetas eléctricas solo serán usadas para entretenimiento y no como medio de transporte.


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