La Comisión de Justicia del Congreso aprobó modificar la Ley de Protección de los Animales Domésticos y Silvestres en Cautiverio, con el objetivo de proteger su vida y bienestar.
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Como sanciones a las personas que cometan actos de crueldad contra esos animales, se incorpora el artículo 207-A al Código Penal, a fin de reprimir con penas privativas de la libertad no mayor de tres años para casos de maltrato.
Si el animal doméstico muere, la pena se amplía de tres hasta cinco años de cárcel, con 150 a 360 días de multa.
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La propuesta plantea exceptuar de esta medida a las corridas y pelas de toros y gallos y demás espectáculos que utilicen animales domésticos o silvestres en cautiverio, y otros eventos que hayan sido declarados de carácter cultural por la autoridad competente.