El Tribunal Constitucional (TC) declaró infundada la demanda de inconstitucionalidad interpuesta por el Gobierno contra el Congreso de la República, sobre la creación de 14 nuevos distritos en Ayacucho, Apurímac, Cusco, Huancavelica, San Martín y Ucayali.
El TC desestimó la demanda del Ejecutivo contra las referidas leyes; al observar que en junio de 2016, el expresidente Ollanta Humala, presentó oficios al titular del Congreso, para que se considere en el Parlamento la aprobación de la creación de los 14 distritos.
Asimismo, detalla que los 14 proyectos de ley presentados durante el período parlamentario 2011-2016, que dieron origen a las leyes impugnadas, fueron actualizados en el Congreso de la República, para continuar con el trámite correspondiente a la aprobación de leyes.
Procedimiento establecido
El TC sostiene que, una vez que las iniciativas son presentadas, el legislativo tiene autonomía para determinar si las aprueba o no, siguiendo para ello el procedimiento establecido en la Constitución y en su propio Reglamento, a menos que el Ejecutivo haya cumplido con retirarlas.
Además ha considerado que la constitucionalidad del Estado procura que el poder funcione de manera eficiente, y que se logra cuando cada sector se desenvuelve no solo supervisando lo que hacen, sino también sumando esfuerzos en aquello que resulta de interés compartido.