Según la ordenanza 1599 de la Municipalidad de Lima, los cobradores de transporte público ya no podrán vocear a los pasajeros; en caso incumplan la norma serán sancionados con una multa de S/. 365.00, monto equivalente al 10% de una UIT.
Además, estarán obligados a recoger a pasajeros con discapacidad, adultos mayores, universitarios y escolares, de lo contario, se les multará con S/. 720.00. El maltrato verbal o físico a los usuarios del servicio de transporte también implicará una multa de S/. 3,650. Buenos Días Perú