La Corte Constitucional de Colombia aprobó este lunes la despenalización parcial del aborto, permitiendo así la interrupción voluntaria del embarazo hasta las 24 semanas, sin embargo, no eliminó el delito del Código Penal.
La despenalización fue aceptada en sesión extraordinaria por cinco votos a favor y cuatro en contra de los magistrados, en un proceso dilatado durante meses por trabas administrativas e impedimentos a jueces puestos por grupos antiaborto.
Hasta la fecha, el aborto solo estaba permitido en Colombia por tres causas: cuando está en riesgo la salud o la vida de la madre; cuando es fruto de violación o incesto, o si hay malformación del feto, mientras que en el resto de casos está penado hasta con cuatro años y medio de cárcel.
No se trata, no obstante, de la eliminación del delito del aborto del Código Penal -seguirá castigado a partir de las 24 semanas cuando no se trate de las tres causales-, como pedían las organizaciones feministas.
DATOS EN COLOMBIA
En 2020, al menos 4 268 niñas de entre 10 y 14 años fueron madres en Colombia, un país donde este tipo de relaciones sexuales son consideradas violaciones y que por tanto podrían entrar dentro de las causas del aborto legal.
El aborto es la cuarta causa de mortalidad materna en el país y se calcula que de los 400 000 que se realizan en Colombia al año, menos del 10 % son llevados a cabo en instituciones sanitarias con garantía.