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06/10/2023

Policía podrá retener civiles hasta por cuatro horas si no tienen DNI

La norma indica que, si existen requisitorias vigentes u órdenes de captura internacional, se procederá a su detención conforme a ley.




Luego que el Congreso cediera al Ejecutivo algunas facultades legislativas en materia de seguridad ciudadana, se publicó una norma que regula el control de identidad policial, la que ha generado diversas posturas.

El decreto N°957 dispone la modificación del artículo 205 del nuevo Código Procesal Penal, se indica que el oficial de policía podrá intervenir a los ciudadanos en caso de sospecha de la comisión de un hecho delictuoso, sin la necesidad de la presencia de un juez o fiscal.

En caso que el intervenido no tenga su documento de identidad (DNI) se le trasladará a una dependencia policial, donde permanecerá un tiempo máximo de cuatro horas para su identificación, en caso de extranjeros, refiere que la detención será de hasta 12 horas.

La norma indica que, si existen requisitorias vigentes u órdenes de captura internacional, se procederá a su detención conforme a ley. 

POLÉMICA NORMA

Algunas autoridades han considerado que esta modificación podría permitir ciertas arbitrariedades, como es el caso de la congresista Ruth Luque. “Ahora la PNP puede requerir identificación de cualquier persona, realizar registro de prendas y vehículo”, señaló a La república.

En tanto, el abogado penalista Luis Lamas Puccio, explicó que la arbitrariedad siempre esta presente en las decisiones de las autoridades. Añadió también que sí se puede denunciar a la policía si se cometen abusos: “Un hecho es que a mí me detengan en la periferia donde se ha cometido un delito y otra cosa es que me detengan cuando esté caminando tranquilamente por la calle”, explicó.

 


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